Glosario Financiero

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ACCIÓN.
Cada una de las partes en que se encuentra dividido un capital social. Título que representa los derechos de un socio sobre una parte del capital de una empresa organizada en forma de sociedad. La posesión de este documento le otorga al socio capitalista el derecho a percibir una parte proporcional de las ganancias anuales de la sociedad. Las acciones pueden ser nominativas o al portador, ordinarias o preferentes.
ACCIÓN AL PORTADOR.
Acciones cuyos derechos se ejercen con la simple posesión.
ACCIÓN CAMBIARIA
Ejercicio de los derechos derivados de la letra de cambio.
ACCIÓN CON COTIZACIÓN OFICIAL)
Acción que se negocia en Bolsa.
ACCIÓN CON FIRMA
Acción que se suscribe por un precio superior al nominal. La diferencia entre el precio nominal y el precio final de suscripción es la prima.
ACCIÓN DE APORTACIÓN EN ESPECIE
Acción emitida por una sociedad en contrapartida por una aportación no dineraria.
ACCIÓN GRATUITA
Acción cuyo desembolso es gratuito. Se paga con las reservas de la sociedad.
ACCION LIBERADA
Acción proveniente de una ampliación de capital liberada con cargo a reservas y que por lo tanto no exige desembolso para el antiguo accionista.
ACCION NUEVA
Acción proveniente de una ampliación de capital, ya sea ordinaria o liberada cuya fecha de emisión no coincide exactamente con el inicio de un ejercicio económico de la empresa y por lo tanto, no tiene derecho a todo el dividendo del ejercicio.
ACCIÓN PREFERENTE
Híbrido entre acción y obligación que a diferencia de las acciones ordinarias, tiene una retribución fija, siempre que el emisor logre un beneficio mínimo. No suele tener derechos politicos y puede ser amortizada anticipadamente.
ACCIONISTA
Propietario de una o más acciones de una sociedad anónima o en comandita por acciones.
ACREEDOR
El que tiene derecho a exigir el cumplimiento de una obligación o a que se le satisfaga una deuda (Ejemplo: entidad que concede un préstamo).
ACTIVO
Elemento del patrimonio que tienen un valor económico para la empresa.
ADMINISTRADOR
Persona que organiza y dispone los bienes ajenos. El administrador de una Comunidad de Propietarios puede ser uno de los miembros de la Comunidad (presidente o secretario, principalmente) o un administrador de fincas. Su labor consistirá en llevar las cuentas, cobrar recibos, gestionar las tareas administrativas, informar sobre el contenido de la Ley de Propiedad Horizontal, es decir, se encarga de las tareas administrativas que el funcionamiento de una comunidad conlleva.
AGENTE DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA (API)
Profesional que actúa como intermediario en una transacción inmobiliaria.
AMORTIZACION
Pago que se realiza para reducir el importe de un préstamo; devolución de una deuda.
AMORTIZACION ANTICIPADA
Capital de un préstamo que se devuelve antes de las fechas pactadas inicialmente; puede ser parcial o total.
APODERADO
Persona que recibe poderes de otro para representarlo y proceder en su nombre.
APORTACION PERSONAL
Cantidad de dinero que el comprador de un inmueble destina a su adquisición, exceptuando el importe obtenido con financiación ajena.
ARBITRIO MUNICIPAL DE PLUSVALIA
Antigua denominación del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.
ARRAS
Cantidad de dinero que supone una parte del precio total de la vivienda, que el comprador entrega al vendedor como garantía de que cerrará la operación en un plazo determinado.
ARRAS CONFIRMATORIAS O SEÑAL
Modalidad de arras que no da posibilidad de retractarse ni a vendedor ni a comprador.
ARRAS PENITENCIALES
Modalidad de arras en la que las dos partes tienen la opción de retractarse, perdiendo el comprador la cantidad entregada y el vendedor el doble de la cantidad recibida, según sea uno u otro el que renuncie.
ASIENTO
Cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad, referentes a la vida de un inmueble.
AVAL
Garantía de una tercera persona, normalmente un familiar del comprador (prestatario), que garantiza el pago del préstamo en caso de no hacerlo éste.
AVALISTA
Persona que interviene como garante en un préstamo y que asume las responsabilidades de pago en caso de que el prestatario no haga frente a la deuda y/o a sus intereses.